Un problema que afecta tanto a propietarios como a las comunidades de vecinos es la okupación.
Hay tres tipos de okupación, de familias que okupan su vivienda habitual que le ha sido expropiada por el banco, mafias que utilizan la okupación para su beneficio y la okupación sin límites realizada por personas que no tienen una verdadera necesidad y se aprovechan para beneficiarse de los demás.
La okupación supone un grave problema para la comunidad cuando además de okupar la vivienda se realizan otras acciones incívicas como hacer mucho ruido, destrozar la casa o las zonas comunes, ensuciar… esto provoca un malestar general en el vecindario e inseguridad. Además, el propietario es el mayor afectado ya que se le priva del derecho que tiene como dueño de acceder a su casa y no tiene ningún respaldo legal ante esto.
La ley actúa bajo dos cuestiones; primero contempla que es derecho fundamental que no puedan entrar en tu domicilio pero también que la propiedad privada no está considerada como propiedad privada (Constitución Española, artículo 33). Esto implica, según la primera ley, que donde resida una persona ya sea un okupa o no, la policía no tiene derecho a entrar por la fuerza. En el caso de haber pasado menos de 48 horas desde que la vivienda se okupó y no haber cambiado aún la cerradura la policía si podría desalojarlos ya que no se consideraría okupación sino allanamiento o intento de robo (menos de 48 horas no se considera tiempo suficiente para afirmar que una persona reside en una casa), cuando pasen las 48 horas se les considerará a los okupas residentes del domicilio y ya no se podrá acceder.
Desgraciadamente, el derecho a que no puedan violar su domicilio tiene más peso que la ley de que la propiedad privada no es un derecho fundamental por lo que, injustamente, el propietario queda en una situación inferior, en estos casos la única cosa que se puede hacer es esperar a que la justicia le de una orden de acceso a la casa a la policía y suele tardar de 1 a 3 años. A raíz de esta legalidad injusta para el propietario podemos decir que es «mejor prevenir que curar».
Para evitarlo, si tenemos viviendas vacías o en las que sus propietarios pasan fuera muchas horas, podremos optar a realizar una instalación de alarmas, ir a vaciar con frecuencia el buzón para que parezca que acude alguien a la vivienda con asiduidad, dejarle una llave a alguien de confianza que pueda ir a la casa a abrir persianas y hacer movimiento, darle el teléfono a algún vecino para que pueda alertarte si ocurre algo o comprar un interruptor programable que encienda y apague las luces en horarios estipulados previamente para que parezca que se hace vida en el inmueble.
Una vez el inmueble esté okupado no podremos cortar los suministros de luz o agua porque haría que la vivienda pasara a ser «no habitable» por lo que si hemos denunciado la okupación esta denuncia se retirará además de que el propietario puede quedar como que causa desabastecimiento de un recurso primario a personas en una situación «vulnerable» y encima ser denunciado.
Desde MS Fincas esperamos que nuestros consejos os sirvan y que no tengáis que recurrir a ellos ya que, como hemos visto, el propietario queda «algo» desprotegido. La semana que viene incidiremos en los aspectos que nos han quedado para que tengáis toda la información posible.
